Pichetto y Massot acudieron a la Justicia para frenar la derogación de la Ley de Tierras

La presentación se realizó después de que la Corte Suprema revocara el fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras. Pichetto evalúa incluso recurrir mediante un per saltum si la Justicia rechaza la cautelar.

Los diputados de Encuentro Federal Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot presentaron este viernes una medida cautelar para intentar frenar los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737 y eliminó los límites para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La presentación se produjo apenas tres días después del fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto la sentencia que había frenado la derogación de la norma y volvió a poner el tema en el centro de la escena.

Pichetto y Massot hicieron el planteo como ciudadanos y habitantes y no en su condición de diputados nacionales. Además de la cautelar, solicitaron una medida interina urgente para que el freno opere antes de que el Estado presente el informe correspondiente. El objetivo es que, mientras se define el futuro del artículo 154, vuelvan a aplicarse las restricciones de la Ley de Tierras Rurales y se evite que nuevas operaciones inmobiliarias puedan consolidarse antes de que haya una decisión judicial o parlamentaria.

Uno de los principales argumentos de los legisladores es el riesgo de que las compras realizadas durante este período queden firmes como derechos adquiridos, incluso si más adelante el Congreso rechaza el DNU o la Justicia termina invalidando el artículo cuestionado. “Buscamos evitar que, mientras el Congreso se pronuncia, se consoliden como derechos adquiridos compras de tierras por extranjeros”, explicó Pichetto.

El escrito advierte que una eventual transferencia posterior de esas tierras a terceros podría complicar todavía más cualquier intento de revertir las operaciones. Por eso, además de pedir la suspensión de la derogación, Pichetto y Massot solicitaron medidas destinadas a conservar toda la información sobre las operaciones que se realicen mientras dure la discusión.

En concreto, reclamaron que el Registro Nacional de Tierras Rurales continúe funcionando, preserve su base de datos y que el Ministerio de Justicia informe mensualmente al tribunal sobre las adquisiciones de dominio o posesión de tierras rurales por parte de extranjeros que lleguen a su conocimiento desde el 29 de septiembre.

También pidieron que el Boletín Oficial publique un aviso para dejar constancia de que la validez del artículo 154 está siendo discutida judicialmente. La intención es que quienes eventualmente compren tierras durante este período conozcan que existe una controversia judicial abierta sobre el régimen que habilitó esas operaciones.

La presentación de Pichetto y Massot llegó después de la decisión de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti sobre la causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. En ese expediente, la Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023 y había mantenido vigente la Ley de Tierras Rurales.

Sin embargo, la Corte Suprema revocó ese fallo el 29 de septiembre, pero no declaró constitucional el artículo 154 ni se pronunció sobre el fondo de la discusión. El máximo tribunal rechazó la demanda porque consideró que el CECIM no tenía legitimación suficiente para promover esa acción y que no existía un caso que habilitara ese pronunciamiento.

El efecto concreto de la decisión fue que la derogación de la Ley 26.737 volvió a producir efectos. Por eso, actualmente no están vigentes los límites que establecía esa norma para la adquisición de tierras rurales por extranjeros. Ese escenario es precisamente el que Pichetto y Massot intentan modificar ahora por otra vía judicial.

La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un régimen de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales. Entre otras restricciones, fijaba un límite del 15% de titularidad extranjera sobre el total de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada municipio o entidad equivalente.

También establecía que las personas de una misma nacionalidad extranjera no podían concentrar más del 30% de ese cupo y fijaba un límite de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o una superficie equivalente según la ubicación, para un mismo titular extranjero.

La normativa también establecía restricciones para que extranjeros fueran titulares de inmuebles que contuvieran o fueran ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes. Para controlar el cumplimiento de esas condiciones funcionaba el Registro Nacional de Tierras Rurales. Todo ese esquema fue derogado por el artículo 154 del DNU 70/2023.

El conflicto judicial podría incluso escalar rápidamente hasta la Corte Suprema. Pichetto evalúa la posibilidad de recurrir mediante un per saltum si la Justicia no hace lugar a la medida cautelar presentada junto a Massot. El planteo busca evitar que el tiempo que transcurra hasta una eventual resolución judicial o parlamentaria permita consolidar nuevas operaciones inmobiliarias.

El apuro tiene además un motivo concreto: la Cámara de Diputados tiene solicitada una sesión especial para el 15 de octubre, en la que se incluye el tratamiento del DNU 70/2023. El Senado ya había rechazado el megadecreto en marzo de 2024. Sin embargo, ese rechazo por sí solo no alcanza para dejarlo sin vigencia: para que un DNU pierda efectos por la vía parlamentaria, deben rechazarlo ambas cámaras.