El hermano del ministro Mahiques revocó el fallo de De Marinis y ordenó continuar la causa contra el menor

La Cámara porteña dejó sin efecto el fallo que había declarado inconstitucional la aplicación del nuevo régimen en un caso de tentativa de robo y apartó a Laura De Marinis. Uno de los jueces que tomó la decisión es Ignacio Mahiques, hermano del ministro de Justicia.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas revocó este viernes la resolución dictada por la jueza Laura De Marinis, quien había declarado la inconstitucionalidad de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil para el caso particular de un adolescente de 14 años involucrado en una causa por tentativa de robo.

El fallo del tribunal cobró connotación política e institucional por la composición de sus firmantes: la decisión fue adoptada por los jueces Jorge Franza, Patricia Larroca e Ignacio Mahiques. Este último es, ni más ni menos, que el hermano del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.

En un escrito de 65 páginas al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el tribunal hizo lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil (UFEPJ), postura que contó además con el dictamen favorable de la fiscal de Cámara Sandra Verónica Guagnino. No conformes con anular el sobreseimiento del menor, los camaristas tomaron la medida de apartar a la jueza De Marinis del caso y ordenar el sorteo de un nuevo magistrado.

En su fallo original, la jueza De Marinis no negó la existencia del marco legal ni desconoció el debate parlamentario sobre la baja en la edad de punibilidad a los 14 años. Lo que la magistrada fundamentó fue que, para este caso particular, la aplicación del régimen resultaba una violación a los tratados internacionales.

De Marinis había valorado la situación de vulnerabilidad social del adolescente, la ausencia de lesiones físicas a la víctima y el hecho de que el delito ni siquiera se había consumado, al haber quedado en grado de tentativa. Bajo esa lectura, la jueza consideró que someter a un niño de 14 años era desproporcionado y contrario al principio del interés superior del menor.

Sin embargo, el tribunal integrado por Mahiques desestimó la vulnerabilidad del joven y cuestionó que la magistrada haya utilizado las circunstancias particulares del hecho para frenar la regla general de responsabilidad penal. Para los camaristas, De Marinis incurrió en un exceso al cuestionar una decisión de «política criminal adoptada por el Congreso».

Con esta decisión, la Cámara porteña dejó sin efecto el sobreseimiento y ordenó continuar la causa bajo las reglas del fuero penal juvenil.